La Dirección del Trabajo precisa los criterios para determinar la unidad de trabajo relevante en la constitución y renovación de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (Ley 16.744 y Decreto N°44/2023).

El pronunciamiento confirma que, cuando distintos inmuebles operan integrados —patios comunes, mismo plan de emergencia, mismo programa preventivo—, pueden considerarse una sola sede para estos efectos, de tal manera que todos los trabajadores que prestan allí servicios pueden concurrir a la elección de sus representantes, para la conformación del Comité.

Un criterio relevante para empresas con presencia en múltiples ubicaciones.

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