Hoy se publicó la Ley N° 21.818, una normativa que impide que los condenados por femicidio y otros delitos graves cometidos en contexto de violencia intrafamiliar puedan acceder a pensiones de sobrevivencia.
Si bien este cambio opera en el ámbito previsional, su trasfondo refuerza un ecosistema legal con un estándar de protección laboral cada vez más estricto y con una mirada integral de género. Desde el derecho del trabajo, este marco conecta directamente con obligaciones clave para las empresas, tales como:
- Reconocimiento del fuero laboral por femicidio frustrado o tentado.
- Deber estricto de confidencialidad y reserva de antecedentes.
- Adecuación temporal de las condiciones de trabajo y justificación de ausencias legales.
Una gestión empresarial diligente y preventiva no solo evita contingencias por despidos nulos o multas, sino que consolida entornos corporativos seguros, éticos y alineados con las normativas actuales.
En SF Abogados asesoramos a empresas en derecho laboral y relaciones corporativas para implementar estas normativas con la debida diligencia.