Hoy se publicó la Ley N° 21.818, una normativa que impide que los condenados por femicidio y otros delitos graves cometidos en contexto de violencia intrafamiliar puedan acceder a pensiones de sobrevivencia.

Si bien este cambio opera en el ámbito previsional, su trasfondo refuerza un ecosistema legal con un estándar de protección laboral cada vez más estricto y con una mirada integral de género. Desde el derecho del trabajo, este marco conecta directamente con obligaciones clave para las empresas, tales como:

  • Reconocimiento del fuero laboral por femicidio frustrado o tentado.
  • Deber estricto de confidencialidad y reserva de antecedentes.
  • Adecuación temporal de las condiciones de trabajo y justificación de ausencias legales.

Una gestión empresarial diligente y preventiva no solo evita contingencias por despidos nulos o multas, sino que consolida entornos corporativos seguros, éticos y alineados con las normativas actuales.

En SF Abogados asesoramos a empresas en derecho laboral y relaciones corporativas para implementar estas normativas con la debida diligencia.

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