La Corte Suprema acaba de unificarlo (Rol N° 51.630-2024, 6 mayo 2026): despedir para mejorar rentabilidad no es causal válida. El empleador debe acreditar circunstancias externas que hayan hecho necesario el despido —bajas de productividad, cambios de mercado, situación financiera adversa—. La mera reestructuración orientada a eficiencia no basta. Consecuencias concretas para las empresas:
- El costo del proceso de optimización no puede trasladarse a quienes trabajan.
- Si el despido es declarado improcedente, se deben pagar recargos del 30% más la restitución del aporte al seguro de cesantía.
- En despidos masivos, un solo fallo adverso puede replicarse en decenas de causas.
La prevención jurídica especializada —antes de emitir la carta de despido— es la herramienta más eficiente para gestionar este riesgo.