El TC realizó el control preventivo del proyecto de ley que crea un Sistema Mixto de Pensiones, un Seguro Social, mejora la Pensión Garantizada Universal (PGU) y establece nuevas regulaciones. ¿Qué resolvió?

*¿Qué significa este fallo?*

El TC NO rechazó la reforma, pero determinó que algunas normas requieren aprobación con quórum reforzado de ley orgánica constitucional (4/7 del Congreso).

El proyecto debe ajustarse en el Congreso. Si no se logran los votos necesarios, el Gobierno podría modificar o eliminar esas disposiciones.

¿Es un revés para la reforma? No necesariamente. La reforma sigue, pero enfrenta nuevos desafíos políticos.

*Normas que pueden aprobarse como ley común*

Organización interna del Fondo Autónomo de Protección Previsional.

Consejo Directivo del Fondo: Integración y atribuciones.

Normas sobre probidad que solo remiten a leyes ya existentes.

Regulación del personal del Fondo (excepto donde se vincula con la carrera funcionaria).

Plazos de implementación de las nuevas reglas.

*Normas que deben ser aprobadas como ley orgánica constitucional*

  • Probidad: Se amplía la obligación de declarar patrimonio e intereses para:
  • Consejeros del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
  • Integrantes del Consejo Técnico de Inversiones.
  • Altos ejecutivos del sistema.

*Congreso*: Se introduce una exigencia de informe financiero obligatorio en cualquier reforma que modifique los parámetros del Seguro Social Previsional.

*Banco Central*:

  • Fijará límites de inversión del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
  • Designará dos nuevos miembros en el Consejo Técnico de Inversiones.

*Justicia*:

  • Se otorgan nuevas atribuciones a la Corte de Apelaciones de Santiago para declarar causales de cesación de funciones de ciertos consejeros.

*Carrera Funcionaria*:

  • El personal del Fondo se regirá por el Código del Trabajo, lo que afecta la estructura de la Administración Pública y debe regularse en ley orgánica.

*Normas transitorias*

Plazos para implementación del nuevo sistema → NO requieren ley orgánica constitucional.

*¿Qué sigue ahora?*

  • El Congreso debe ajustar el proyecto y reunir los votos necesarios.
  • Si no se cumplen los quórums, el Gobierno podría modificar o eliminar normas.
  • Si se aprueban sin respetar el fallo, podrían ser impugnadas nuevamente ante el TC.

*Conclusión*

El TC validó la reforma en términos generales, pero exigió que ciertas normas clave sean aprobadas con el quórum reforzado de una ley orgánica constitucional. ¡Seguimos atentos!

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